jueves, mayo 24, 2007

RL2 Midiendo Independencia Judicial

Russell, Peter y David O’Brien. 2001. Judicial Independence in the Age of Democracy, Critical Perspectivas from Around the World, The University Press of Virginia.

La pregunta de investigación de los textos es cuál es el nivel de independencia en 11 diferentes países. La variable dependiente de los estudios realizados en este libro es siempre independencia judicial. Las variables independencia varían según el caso de estudio, pero en general se centran en protección formal del puesto de los integrantes del poder judicial, protección de su salario, su remoción, y readscripción y casi no ofrecen controles más allá de la situación del régimen (periodo colonial, democracia en transición etc.). Aún cuando no son nada explícitos respecto a sus fuentes, éstas constan básicamente de las constituciones y demás textos reguladores de los poderes judiciales de los países.
El principal problema de la mayor parte de esta investigación conjunta es que muchos conceptos y mediciones no son desglosados lo suficiente y el criterio para su evaluación y representación como medición es difuso. Además, no le dan suficiente importancia a la relación que ocurre en cada país entre las especificaciones formales en las constituciones y cómo las leyes orgánicas y los procedimientos de regulación determinan qué tanto se cumplen las especificaciones formales al pie de la letra y qué tan irrelevantes pueden ser dada la estructura de regulación del país. Algunas veces tratan de considerar este problema, pero no lo logran por falta de datos, lo que es difícil de juzgar dado que no especifican bien sus fuentes. Por otro lado, a veces se limitan a periodos en el tiempo que según el país, se prestan mucho para que la investigación esté de inicio, sesgada en contra del nivel de independencia judicial, por ejemplo momentos de transición en los que la incertidumbre del país por sí misma puede manipular por completo el nivel de independencia que las leyes escritas traten de darle al poder judicial.
Para cada país, las mediciones, variables, periodos, condiciones sociales, y operacionalización de la medición llegan a ser sumamente diferentes. Lo anterior impide casi por completo que los conocimientos que estos estudios producen pedan ser útiles a un novel de política comprada. La comparación sería ineficaz y poco informativa no sólo por causa de las diferencias de operacionalización, sino también debido a que no existe ningún tipo de control para las circunstancias históricas tan variadas, ni controlan tampoco las pequeñas características que controlan los incentivos de cada régimen en contra o a favor de la independencia judicial. Y es muy criticable que la generación de tanta descripción no pueda servir para realizar comparaciones y así poder ir más allá y argumentar qué tipo de contextos y características son más proclives a la independencia judicial. Y dado que es consensuado que en el caso de la independencia, más no siempre es mejor, sino que los países necesitan encontrar un justo medio, es también criticable que este estudio no contribuya a poder informar qué estructuras y situaciones tendrían que ser proveídas para garantizar que la independencia judicial no sólo sobreviva, sino que esté en ese justo medio imposible de derivar de este trabajo.

Rebeca de Jesús Romo Pineda
Jorge Ivan Puma Crespo

5 comentarios:

Ximena Toledo dijo...

Creo que su crítica a la literatura de Russell es buena, según veo, van a
integrar en su trabajo muchas de las especificaciones que estos estudios usan
para medir y describir independencia judicial en diferentes países, así que
creo que les resultó muy útil. Sin embargo, este libro sí tiene unas partes de
estudios de países latino americanos, creo que se debieron haber concentrado en
criticar solamente esas secciones y las variables muy específicas que el autor
integra y crea en estos casos, aunque por lo imprecisas que son las mediciones
y las variables en general en este trabajo, tal vez el hecho de que fueran
países latinos no los hubiera hecho más útiles para su diseño de investigación.
Y creo que ya que han identificado muy bien lo poco útil que puede resultar
este trabajo si sus autores no permiten que se pueda comparar la información
descriptiva de tantos países y con ello fortalecer o comprobar teorías, deben
cuidar mucho que su diseño de investigación no cometa el mismo error, ya que se
van a centrar en la explicación y descripción de un caso de estudio muy
específico.

JuanYairMartínezSantoyo dijo...

Lo autores critican la estrategia empírica del texto así como algunos conceptos omitidos. Sin embargo, el reporte es más crítica que presentación del argumento, lo que etapa bien en tanto se entienda que objeto de la crítica que parece estar difuso. Quizá debieron fijar el argumento central para desglosarlo y después derivar los errores de la metodología. No sé si ésta es consistente con el argumento o si se dirige a comprobar visiones enfrentadas. Pero es una buena exploración de qué falta en esta literatura, aunque no sé si el artículo pueda servir a su trabajo, mas ellos critica la falta de extensibilidad del modelo del texto.

Luis Fernández dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Luis Fernández dijo...

Su crítica es puntual en cuanto que los casos no son homogeneos para su correcta comparación y, así, llegar a conclusiones confiables. La comparación empírica con casos homogeneos es indispensable para asegurar la confiabilidad de sus resultados y que sirvan como base para teorizar.
El artículo les será útil en cuanto al modelo y a evidencia empírica en los casos que sean comparables con México, pero seguramente será mínima la aportación a su proyecto de investigación.
Steven Lubet en su artículo "Judicial Discipline and Judicial Independence" (1988) analiza la relación entre la independencia judicial y la rendición de cuentas a nivel nacional y estatal. Este artículo contribuirá a definir variables independientes y de control relevantes para el caso mexicano.

Marisol Vázquez Cuevas dijo...

Esta es literatura relevante y creo que fue muy bueno que la tomaran en cuenta dada la naturaleza de su investigación. Sin embargo, creo que si es una
compilación tan grande, es verdad que hubiera sido bueno que se centraran en la
crítica y análisis de sólo uno o dos estudios. En su crítica generalizan
demasiado los errores y es probable que no todos los estudios tengan las mismas fallas. Al hacer la crítica tan general tal vez se perdieron de aprender más
hacerca de las dificulades metodológicas y cntextuales de cada caso. Pero, por otro lado, me pareció excelente que de tantos textos tuvieran la capacidad de
síntesis y el cuidado suficientes para identifcar los errores metodológicos y contextales que, de otra forma, hubiera sido muy probable que integraran a su
trabajo.