domingo, mayo 08, 2005

RL – Lógica de programas anti-pobreza

Jenny Guardado y Sandra Ley

Díaz-Cayeros, Alberto, “El federalismo y los límites políticos de la redistribución”, Gestión y Política Pública, Vol. 13, No. 3, 2004, pp. 663-687.

Este artículo analiza los sistemas federales y sus efectos redistributivos en los sistemas de transferencias para los casos de Brasil, México y Venezuela. Aunque nosotros estudiaremos las transferencias a municipios mediante los programas Progresa y Oportunidades, y este estudio se enfoca en las transferencia federales para los estados, el artículo resulta útil e interesante por el modelo que construido para analizar los factores políticos y económicos determinantes en las transferencias para el caso mexicano.
Tras analizar el año de 1998 en México, el autor afirma que las transferencias mexicanas no son redistributivas, sino que estaban destinadas a premiar a los bastiones políticos. Esta afirmación la hace a partir de una regresión MCO, cuyas variables independientes para cada estado son: el logaritmo del PIB, el inverso de la población, titularidad del estado (calculada mediante la estabilidad histórica de los ejecutivos estatales desde 1935), la variable PAN (estados gobernados por un gobierno de oposición en ese año) y el porcentaje de votos recibidos por el PRI. Las variables que resultan significativas para la explicación son: PIB, población y Voto, las tres con un signo positivo. El hecho de que la variable voto del PRI sea positiva y significativa sugiere que se premiaba a aquellos estados donde el partido era más fuerte. No obstante, Díaz-Cayeros acepta que no es posible distinguir los efectos atribuibles al apoyo partidario de los relacionados con dar ciertas cantidades fijas a cada estado, sin importar la población.
Si bien el argumento del artículo en general apoya nuestra hipótesis de que existen determinantes políticos en las transferencias federales, la forma en que se construyó el modelo para tal explicación, así como la forma en que se escogieron las variables es algo cuestionable. Por un lado, al elegir la variable PAN como medida de la oposición que gobernaba un estado en 1998 se omiten casos en los que el PRD estaba gobernando. Si bien los estados bajo un gobierno perredista no eran numerosos, la inclusión de esos casos podía haber explicado mejor si los gobiernos de oposición realmente recibían un trato diferente cuando se trataba de transferencias. Por otro lado, calcular la variable ‘titularidad’ mediante la estabilidad de los ejecutivos desde 1935 resulta algo cuestionable. ¿Por qué desde 1935, si es obvio que el PRI era prácticamente la única opción? Tal vez habría sido más congruente hacer el cálculo a partir de la década de los setenta u ochenta. Finalmente, la afirmación de que el PRI creó “fórmulas que, si bien parecían redistributivas, de hecho estaban encaminadas a premiar a sus bastiones” es difícil de confirmar porque es complicado medir lo “no-redistributivo”. Es probable que la lógica político-electoral en administración Zedillista fuera un factor importante en las transferencias a estados. Sin embargo, también es probable que eso no determinara todo el programa en general como para pensar que sólo se encaminaba a premiar a los estados priístas. Tal vez habría sido necesario añadir otras variables de control que ayudaran a medir el efecto que las transferencias tenían en la mejoría social de los estados, independientemente del partido del gobernador.

Díaz-Cayeros Alberto, Beatriz Magaloni y Federico Estévez, “The erosion of party hegemony, clientelism and portfolio diversification: The Programa Nacional de Solidaridad (Pronasol) in México”, Documento de Trabajo, Stanford University, 2004.


El artículo propone un modelo que explica las circunstancias bajo las cuales un partido en el poder recurriría al clientelismo con el fin de maximizar la cantidad de votos recibidos. El clientelismo es definido como la transferencia de bienes privados excluibles a particulares, en oposición a los bienes públicos, los cuales, una vez provistos, no son susceptible de impedir a nadie su gozo. Este artículo tiene la cualidad de simplificar, mediante el uso de una variable: el riesgo asociado al bien provisto, si se recurrirá el clientelismo o a la provisión de bienes públicos. A su vez, este riesgo está determinado por el nivel de competencia política en un municipio (si es un municipio bastión ó swing), y su nivel de desarrollo económico (modernización): a mayor competencia mayor clientelismo; a mayor desarrollo económico, mayor costo del voto, menor clientelismo.
Algunas consideraciones deben hacerse con respecto al modelo. En primer lugar, el modelo no distingue entre distintas formas de “clientelismo”, ya que existen diversas maneras de realizar transferencias de bienes privados a particulares, que varían en el nivel de “compromiso” generado hacia el partido, así como en sus efectos en la economía (distorsión de precios, etc). No es lo mismo conceder una despensa básica que un puesto público (si consideramos este como un bien privado no excluible), ya que no solo se trata de una diferencia en costos, sino en los distintos efectos que tiene para la eficiencia. Asimismo, la definición de “clientelismo” utilizada es lo suficientemente amplia como para incluir un amplio espectro de actividades. Ello dificulta la distinción entre lo que serían las políticas de un partido en el poder para promover su plataforma o programa, y las políticas que emprende con fines clientelares. No obstante, uno de los objetivos de la investigación que proponemos es hacer explícitas estas diferencias. Es necesario “ampliar” el modelo en el sentido de que además de la compra de votos, existen políticos preocupados por las distorsiones que el programa pueda tener en el economía, así como por su imagen política. Por lo tanto, existen ciertos tipos de clientelismo son preferidos sobre otros. En cuarto lugar, hay una línea muy tenue entre los bienes públicos que en teoría son “públicos”, pero cuyo acceso pudiera ser limitado a ciertos grupos (i.e. parque público cuyo acceso se logra a través de una carretera de cuota) y los bienes privados, por lo que la provisión de un bien público podría únicamente beneficiar a cierto grupo de personas. En quinto lugar, el modelo implicaría que en el extremo no le conviene al partido hegemónico proveer de bienes públicos que contribuyan al crecimiento económico, por ende este debería complementarse con el modelo del dictador olsoniano. Así, los bienes públicos, si bien encarecen el voto, aumentarían la renta del partido. El modelo es útil como punto de referencia de nuestra investigación, aunque tomando en cuenta las limitaciones anteriormente señaladas, para analizar las características del clientelismo.

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